Reglamento de residuos orgánicos del Ministerio de Salud
El Ministerio de Salud anuncia la publicación del Reglamento para la Declaratoria de Residuos de Manejo Especial, el cual viene a respaldar los objetivos de la Ley para la Gestión Integral de Residuos (Ley 8839). Tanto esta ley como el Reglamento para la Declaratoria de Residuos de Manejo Especial fomentan el desarrollo de mercados de subproductos, materiales valorizables y productos reciclados, reciclables y biodegradables; y además promueven la separación en la fuente y la clasificación de los residuos y la incorporación de los productores o importadores en la búsqueda de soluciones a la problemática de los residuos.
“La gestión integral de residuos requiere de una participación social conjunta, coordinada y diferenciada de todos los productores, importadores, distribuidores, consumidores, gestores de residuos, tanto públicos como privados, así como de las municipalidades y otras instancias del gobierno central”, explica Eugenio Androvetto, director de Protección al Ambiente Humano de Ministerio de Salud.
Con este reglamento se aplicará el Principio de Responsabilidad Extendida del Productor, según el cual los productores o importadores tienen la responsabilidad del producto durante todo su ciclo de vida, incluyendo las fases postindustrial y post consumo. Por tanto, deberán facilitar a los consumidores la recolección de los productos que ponen en el mercado, una vez que éstos lleguen al final de su vida útil.
De esto modo, el Ministerio de Salud declaró, vía decreto ejecutivo, que los residuos de manejo especial serán separados de la corriente normal de los residuos, para ser sujetos de una gestión diferenciada y así disminuir posibles impactos al ambiente y daños a la salud.
Con la aprobación de este reglamento deberán crearse Unidades de Cumplimiento, las cuales tendrán que registrarse ante la Dirección de Protección al Ambiente Humano del Ministerio de Salud y presentar el debido de Plan de Cumplimiento en un plazo de cuatro meses.